17 de Mayo de 2024

Amplían plazo para el pago de derechos vehiculares, dan dos meses más

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Yhadira Paredes / Xalapa, Ver.- El subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), Diego Meléndez Bravo confirmó que se amplió dos meses más para el pago de derechos vehiculares en la entidad.

Y es que hay que recordar que la fecha límite para el pago de derechos vehiculares y la condonación de la tenencia era el martes 30 de abril, sin embargo, ese mismo día se publicó el derecho emitido por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez en el que se amplía hasta el 30 de junio.

“El día de ayer salió publicado de manera oficial a través de la Gaceta del Estado el decreto por la extensión del programa de Subsidio a la Tenencia 2024, el mensaje que nos deja esta nueva publicación es hacer una atenta invitación a todos aquellos ciudadanos que tienen un automóvil registrado en el padrón estatal vehicular de Veracruz y que no alcanzaron a realizar este pago único de derechos, tienen dos meses extras”.

El funcionario destacó que el pago único de derechos vehículos para sedan, camioneta, camión u ómnibus sigue siendo el mismo, es decir, mil 203 pesos y para el caso de motocicleta y remolque 674 pesos.

Asimismo, recordó que se debe tener sin adeudo de ejercicios fiscales anteriores y deberán contar con la verificación vehicular vigente.

“Se amplía plazo dos meses más, fecha límite 30 de junio, pago único de derechos de control vehicular y con esto evitamos pagar la tenencia, última oportunidad”, dijo el funcionario estatal.

De acuerdo con esta prórroga, personas físicas o morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio particular o público tienen del 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2024 para efectuar el pago de los derechos de control vehicular del ejercicio fiscal 2024 y así obtener el subsidio del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos del mismo ejercicio.

En este caso, no se podrán condonar recargos, multas, honorarios y actualizaciones de créditos fiscales pagados y, en ningún caso, los beneficios darán lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.


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